TÉRMINOS PAREADOS
CPR Art. 1°, inc. 4: “El Estado está al servicio de la persona humana y su finalidad es promover el bien común, para lo cual debe contribuir a crear las condiciones sociales que permitan a todos y a cada uno de los integrantes de la comunidad nacional su mayor realización espiritual y material posible, con pleno respeto a los derechos y garantías que esta Constitución establece”.
La Excelentísima Corte Suprema fija en 5 años… (Nota: Falta información para completar Seguir leyendo “El Ordenamiento Jurídico Administrativo Chileno y sus Fuentes” »