TEMA 12 LA GESTION TRIBUTARIA:
PROCEDIMIENTO INICIADO MEDIANTE DECLARACION
(art. 128-130 LGT)
Artículo 128
Iniciación del procedimiento de gestión tributaria mediante declaración.
1. Cuando la normativa del tributo así lo establezca, la gestión del mismo se iniciará mediante la presentación de una declaración por el obligado tributario en la que manifieste la realización del hecho imponible y comunique los datos necesarios para que la Administración cuantifique la obligación tributaria Seguir leyendo “Examenes derecho tributario” »