EMA 9. LA COTITULARIDAD DE DERECHOS REALES. LA COMUNIDAD DE BIENES.
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Plano objetivo, existe la posibilidad de que sobre un mismo bien coincidan una pluralidad de derechos compatibles.· 3 regíMenes para coordinar la distinta pluralidad de deudores o acreedores, como ya sabemos de Civil II: parciariedad, mancomunidad y solidaridad. En este ámbito utilizamos el régimen de comunidad
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Refiriéndonos al derecho de propiedad-.
LA
COMUNNIO INCIDENS Y LA COMUNIDAD DE BIENES.
Art
392 CC desgrana las primeras Seguir leyendo “Ley de procedimiento administrativo” »