-BIENES MEDIOS DE PRODUCCIÓN Y BIENES DE CONSUMO
1° Medios de producción
. Aquellos bienes destinados a producir otros bienes.
2° Bienes de consumo
. Aquellos destinados directamente a la satisfacción de necesidades personales. A su vez, ellos pueden ser esenciales y no esenciales, según su importancia para la subsistencia y desenvolvimiento de las personas.
-BIENES CONSUMIBLES Y NO CONSUMIBLES
El CC establece esta distinción en el Art. 575 confundiendo los bienes consumibles con los fungibles. Seguir leyendo “Bienes en comercio y bienes fuera de comercio” »