Clases de leyes estatales:
Leyes Ordinarias:
Son creadas por las Cortes Generales.La denominación básicamente es una dominación a efectos doctrinales, a efectos a su identificación como tipología de ley. La ley ordinaria, en principio, regula todas aquellas materias que no estén atribuidas expresamente por la constitución a otros tipos de ley. Por tanto su delimitación, es una delimitación negativa por exclusión de aquellas materias que corresponden a
otros tipos de ley. Recordamos Seguir leyendo “Recurso y cuestión de inconstitucionalidad plazos, alegaciones, sentencias” »