La conciliación preprocesal busca la paz social, intentando un acuerdo entre partes antes de un litigio. La reclamación previa permite al Estado revisar sus decisiones antes de un proceso judicial. La conciliación o mediación previa está regulada en los arts. 63 a 68 de la LRJS.
Conciliación Preprocesal en la Jurisdicción Social
El Art. 63 de la LRJS establece la necesidad de intentar la conciliación ante el organismo administrativo correspondiente antes de iniciar acciones laborales.