Recurso de alzada
Contra resoluciones y actos de trámite que determinen el fondo del asunto, determinen imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o prejuicios irreparables a derechos o intereses legítimos. El recurso podrá interponerse ante el órgano que dicto el acto o ante el competente para resolverlo.
Plazo para resolver:
– Expreso: 1 mes. – Acto presunto o tácito: cualquier momento a partir de que se produce el silencio administrativo. – Para dictar y notificar: Seguir leyendo “Relación entre el silencio administrativo y los actos presuntos” »