Recurso Extraordinario Federal (REF)
Conforme al art. 31 de la Constitución Nacional (CN), todos los tribunales de justicia del país, sean nacionales o provinciales y cualquiera sea su jerarquía, están habilitados para declarar, con motivo de los casos sometidos a su decisión, la invalidez de las normas o los actos que contraríen los preceptos de la Constitución. La eficacia del control de constitucionalidad requiere uniformidad de criterio, por lo cual el alto tribunal, a través de la revisión Seguir leyendo “Recurso Extraordinario Federal y Poder de Policía en Argentina” »