Responsabilidad Internacional
Hecho Ilícito Internacional
Es el fundamento objetivo de la responsabilidad, según el art. 1. Es la violación de una obligación internacional atribuida a un Estado.
Régimen de Atribución
Se considera hecho del Estado el comportamiento de todo órgano del Estado, independientemente de su posición o división territorial. También se considera hecho del Estado el comportamiento de una persona o entidad que no sea órgano del Estado pero que esté facultada para ejercer Seguir leyendo “Responsabilidad Internacional y el Estado en el Derecho Internacional” »