Principios de la Administración de Justicia
Principio de Independencia
Independencia de los órganos jurisdiccionales, fundamentada y posibilitada por su exclusivo sometimiento a la Ley. Este principio, el primero enumerado por el precepto constitucional, significa que el ejercicio de la función judicial debe realizarse sin interferencias. Los jueces no están sujetos a órdenes o instrucciones de órganos superiores.
Principio de Responsabilidad
Reverso lógico del principio de independencia. La Seguir leyendo “Principios de la Administración de Justicia y Moción de Censura” »