Responsables Tributarios
El artículo 41 de la Ley General Tributaria (LGT) establece que la ley puede configurar como responsables solidarios o subsidiarios de la deuda tributaria, junto a los deudores principales, a otras personas o entidades.
La responsabilidad alcanzará a la totalidad de la deuda tributaria, exigida en periodo voluntario. Cuando haya transcurrido el plazo voluntario de pago sin que el responsable realice el ingreso, se iniciará el periodo ejecutivo y se exigirán los recargos Seguir leyendo “Régimen de Responsabilidad Tributaria en España: Solidaria y Subsidiaria” »