Archivo de la etiqueta: seguridad colectiva

Uso de la Fuerza en el Derecho Internacional: Prohibiciones, Excepciones y Seguridad Colectiva

La Prohibición de la Amenaza o Uso de la Fuerza en el Derecho Internacional

A. Aspectos Históricos del Fenómeno

Uno de los fenómenos más recurrentes en la historia de la humanidad se encuentra en el uso de la fuerza por unas colectividades y grupos frente a otros, pero con la creación del Estado moderno van a alterarse las condiciones de su ejercicio. La noción del uso de la fuerza estará vinculada al Estado de forma indisociable, pues o bien el fenómeno tiene lugar en el interior de un Estado Seguir leyendo “Uso de la Fuerza en el Derecho Internacional: Prohibiciones, Excepciones y Seguridad Colectiva” »

Delitos contra la Seguridad Colectiva, Estragos, Incendios y Salud Pública

Delitos contra la Seguridad Colectiva

Liberación de Energía Nuclear y Radiaciones

Artículo 341

El que libere energía nuclear o elementos radiactivos que pongan en peligro la vida o la salud de las personas o sus bienes, aunque no se produzca explosión, será sancionado con la pena de prisión de quince a veinte años, e inhabilitación especial para empleo o cargo público, profesión u oficio por tiempo de diez a veinte años.

El que, sin estar comprendido en el artículo anterior, perturbe el Seguir leyendo “Delitos contra la Seguridad Colectiva, Estragos, Incendios y Salud Pública” »

Delitos contra los Derechos de los Trabajadores y la Seguridad Colectiva

1. Delitos contra los Derechos de los Trabajadores

1. ¿Cuál es el bien jurídico y el sujeto pasivo de estos delitos?

Bien jurídico: Los derechos individuales básicos derivados de la relación laboral, el patrimonio y la libertad de disposición de las personas, sin perjuicio de que en algunos casos en concreto puedan incluso entrar aquí eventualmente otros bienes como la salud personal o la integridad física e incluso la vida.

Sujeto pasivo: Una colectividad difusa de trabajadores que pudiesen Seguir leyendo “Delitos contra los Derechos de los Trabajadores y la Seguridad Colectiva” »