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Libertad y Seguridad Personal, Inviolabilidad del Domicilio y Tutela Judicial Efectiva

Libertad y Seguridad Personal (Art. 17)

Derecho a la Libertad y Seguridad

Toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad.

Detención Preventiva

La detención preventiva no podrá durar más del tiempo estrictamente necesario para la realización de las averiguaciones tendentes al esclarecimiento de los hechos. En todo caso, en el plazo máximo de setenta y dos horas, el detenido deberá ser puesto en libertad o a disposición de la autoridad judicial.

Toda persona detenida debe ser informada Seguir leyendo “Libertad y Seguridad Personal, Inviolabilidad del Domicilio y Tutela Judicial Efectiva” »