Beneficios Penitenciarios
Salidas Transitorias
Las salidas transitorias son un beneficio que permite a los condenados salir del establecimiento penitenciario por un tiempo determinado y con un motivo específico. Se regulan en el artículo 16 del Código Penal y se comienzan a gozar en el «Periodo de Prueba».
Las salidas transitorias pueden comenzar a partir de:
- La mitad de la condena
- En el caso de penas perpetuas, a los 15 años
- En el caso de penas con la accesoria del artículo 52 del Código Penal: Seguir leyendo “Beneficios Penitenciarios: Salidas Transitorias, Semilibertad, Libertad Condicional y Asistida” »