EJECUCIÓN PROVISIONAL DE SENTENCIAS CONDENATORIAS AL PAGO DE CANTIDAD (Art. 287.1 LPL)
Sentencias Condenatorias al Pago de una Cantidad con Recurso
El trabajador tiene derecho a anticipos a cuenta de la cantidad adeudada por el empresario, incluso si este ha interpuesto un recurso. Si el recurso prospera y la sentencia es revocada, el trabajador deberá devolver el anticipo recibido.
Cuantía del Anticipo
El anticipo está limitado al 50% de la cantidad reconocida en la sentencia y no puede exceder Seguir leyendo “Ejecución Provisional de Sentencias en el Ámbito Laboral” »