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Títulos Ejecutivos en Chile: Requisitos y Procedimientos

Análisis Detallado de los Títulos Ejecutivos

A. Sentencia Firme

Sentencia firme, definitiva o interlocutoria (art. 158 y art. 174 del Código de Procedimiento Civil, CPC). Producen acción de cosa juzgada, permitiendo exigir su cumplimiento por vía ejecutiva (art. 175 CPC). Tienen mérito ejecutivo las sentencias originales (firmadas por juez y secretario) y las copias autorizadas. Se refiere a sentencias que establezcan prestaciones, no absolutorias.

B. Copia Autorizada de Escritura Pública

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Recurso de Revisión y Casación Penal: Fundamentos y Procedimientos

El recurso de revisión es un medio extraordinario de impugnación que permite atacar sentencias condenatorias firmes alegando la concurrencia de determinadas circunstancias ajenas al proceso que revelan la injusticia del fallo.

Legitimación y Motivos

Están legitimados para interponerlo el MF, ya sea de oficio o a instancia del perjudicado. También, obviamente, el reo, cónyuge o sus herederos previa autorización de la Sala de lo Penal del TS (artículos 955 y 961). Cabe por los siguientes motivos: Seguir leyendo “Recurso de Revisión y Casación Penal: Fundamentos y Procedimientos” »

Impugnación de Sentencias Firmes: Rescisión, Revisión y Medidas Cautelares

Rescisión de la Sentencia Firme Dictada en Rebeldía

La firmeza de una sentencia puede ser impugnada en situaciones excepcionales previstas en la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), mediante la rescisión o revisión. La rescisión es una acción autónoma que se dirige contra la cosa juzgada, concedida al litigante rebelde en casos específicos. El proceso original ya ha concluido con una sentencia firme, pero la LEC permite atacar esta firmeza en casos de rebeldía involuntaria y permanente. No Seguir leyendo “Impugnación de Sentencias Firmes: Rescisión, Revisión y Medidas Cautelares” »

Rescisión y Revisión de Sentencias Firmes en la LEC

Rescisión de la Sentencia Firme Dictada en Rebeldía

La firmeza de una sentencia puede ser atacada en supuestos excepcionales previstos en la LEC, a través de la rescisión o revisión. La rescisión es una acción autónoma (demanda) contra la cosa juzgada, concedida al litigante rebelde en casos específicos. El proceso originario ya concluyó con sentencia firme, pero la LEC prevé que esta firmeza pueda ser atacada en casos de rebeldía permanente e involuntaria. Es decir, no puede utilizar Seguir leyendo “Rescisión y Revisión de Sentencias Firmes en la LEC” »