El Principio de Generalidad
El principio de generalidad nace del art. 31 CE78:
- Todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio.
- El gasto público realizará una asignación equitativa de los recursos públicos y su programación y ejecución responderán a los criterios de eficiencia y economía.
- Sólo podrán Seguir leyendo “Principios Constitucionales del Derecho Tributario Español” »