Solidaridad Pasiva
La solidaridad pasiva amplía el número de sujetos obligados, garantizando al acreedor el cumplimiento de la obligación. El acreedor puede elegir al deudor más solvente para reclamar el pago.
Características:
- Legitimación individual: Cada deudor está obligado a cumplir la totalidad de la deuda.
- Ius Variandi: El acreedor puede dirigirse indistintamente contra cualquier deudor o todos simultáneamente (art. 1144 CC).
- Comunicación de responsabilidades: Si hay pérdida sin culpa, Seguir leyendo “Obligaciones y Contratos: Análisis Detallado de Aspectos Clave” »