1. Stricti Iuris / Bonae Fidei (de buena fe / de derecho estricto)
Oposición marcada en base a la naturaleza de la acción que los sanciona en el procedimiento, dando o no lugar a un juicio de buena fe.
- Stricti Iuris: cuando la relación es de derecho estricto, el juez está vinculado a la letra del convenio, siendo su misión decidir con un sí o no sobre la in/existencia de la pretensión del actor, concertada en la intentio de la fórmula: mutuo, literales, estipulación.
- Bonae Fidei: cuando la Seguir leyendo “Clasificación de los Contratos en Derecho Romano” »