Asesinato (Art. 139 CP)
El asesinato se sanciona en el Art. 139 CP, que establece:
- «Será castigado con la pena de prisión de 15 a 25 años, como reo de asesinato, el que matare a otro concurriendo alguna de las circunstancias siguientes:»
- Con alevosía.
- Por precio, recompensa o promesa.
- Con ensañamiento, aumentando deliberada e inhumanamente el dolor del ofendido.
- Para facilitar la comisión de otro delito o para evitar que se descubra.
- Cuando en un asesinato concurran más de una de las circunstancias Seguir leyendo “El Delito de Asesinato en el Código Penal Español” »