Orden de prelación de Castilla, Navarra, Aragón y Valencia + drcos territoriales.
Castilla: 1. El Ordenamiento de Alcalá: Es el Derecho real territorial o general en su conjunto, y por tanto no sólo el Ordenamiento en sí, sino el conjunto de Ordenamientos (leyes del rey)
Y Pragmáticas que conforman el derecho legal territorial. 2. Fueros Municipales: En defecto del Ordenamiento de Alcalá, debía acudirse a los Fueros, pero siempre y cuando no fueran contrarios a Dios, a la moral o las leyes Seguir leyendo “Héroe a mi pesar” »