Cumplimiento de la Ejecución
Si no procede despachar mandamiento, esa sentencia (interlocutoria) puede ser apelada por la parte ejecutante, no así por la parte ejecutada. En el caso que el juez resuelva lo contrario, sí hay ejecución y embargo.
El ejecutado no será escuchado, salvo para los efectos de oponer excepciones, si las opone concede traslado al ejecutante y resuelto el traslado, el juez decide si recibe la causa a prueba.
Luego se dicta sentencia de las excepciones, si se rechazan se Seguir leyendo “El Juicio Ejecutivo en Chile: Procedimiento y Recursos” »