El Procedimiento Contencioso-Administrativo
Sentencia
La sentencia debe dictarse en el plazo de 10 días. Si el Juez o Tribunal aprecia que la sentencia no podrá dictarse dentro del plazo indicado, lo razona debidamente y señalará una fecha posterior concreta en la que se dictará la misma, notificándose a las partes. No hay consecuencias derivadas del incumplimiento del plazo, excepto si el exceso de plazo causa un perjuicio irreparable al interesado: éste podrá solicitar responsabilidad patrimonial Seguir leyendo “El Procedimiento Contencioso-Administrativo: Sentencia, Terminación y Garantías en el Procedimiento Sancionador” »