El Consejo Europeo
Definido en el artículo 4 del Tratado, se estableció en el Congreso de Ámsterdam. Está compuesto por los jefes de gobierno de todos los estados miembros, el Presidente de la Comisión y el Ministro de Asuntos Exteriores Europeo. Este órgano tiene tres funciones principales:
- Función de globalidad.
- Función de impulso a los trabajos de la Comisión.
- Función de desatascar la política europea.
Finalmente, se consolidó en el Acta Única Europea y con el Tratado de Maastricht, con Seguir leyendo “Organización Institucional de la Unión Europea” »