¡Escribe t3. PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD (suele caer en examen).
Protección de la propiedad civil
Está protegido por la acción
Reivindicatoria, es una acción real que la puede interponer el propietario no poseedor contra el
Poseedor no propietario.
Es el prototipo de acción real (es erga omnes), es
Decir, en la intentio de la fórmula no aparece, solo aparece en la condemnatio.
En este tipo de procesos reivindicatorios el demandado podía defenderse o no.
Si no se defendía el pretor le otorgaba Seguir leyendo “Propietario bonitario buena fe quiritario” »