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Derechos Reales y Servidumbres: Análisis y Casos Prácticos

Práctica de Derechos Reales

Casos Prácticos

  1. 1.- Se considera que el modo originario de constitución del usufructo es el legado. a-Verdadero. Uno de los modos de constitución del usufructo era el legado per vindicationem. El legado es una disposición que aparece en el testamento por medio del cual el testador puede beneficiar a cualquier amigo, familiar o heredero, dejándole algo por medio del legado. Esto quiere decir que el testador deja dicho en el testamento la constitución de un derecho Seguir leyendo “Derechos Reales y Servidumbres: Análisis y Casos Prácticos” »

Derecho de Propiedad y Posesión: Análisis Completo y Casos Prácticos

Posesión y Derecho de Poseer

La posesión forma parte del derecho de propiedad y de todos los derechos reales de goce. Según el Art. 646: “La posesión es la tenencia de una cosa o el goce de un derecho por nosotros mismos con ánimo de dueño o por otro nombre nuestro”.

Elementos de la Posesión:

El Usufructo en el Código Civil: Un análisis completo

El Usufructo

Concepto (Art. 467 del Código Civil)

«El usufructo da derecho a disfrutar los bienes ajenos con la obligación de conservar su forma y sustancia, a no ser que el título de su constitución o la ley autoricen otra cosa».

Es un derecho subjetivo de naturaleza real, consiste en derechos reales limitados o en cosa ajena y es un derecho esencialmente temporal y normalmente vitalicio. La facultad de disfrute incluye el uso y el aprovechamiento. No tiene la facultad de libre disposición Seguir leyendo “El Usufructo en el Código Civil: Un análisis completo” »

Usufructo, Servidumbres y Propiedad Fiduciaria en el Derecho Civil

Usufructo

Concepto

Art. 764: Es un derecho real que consiste en la facultad de gozar de una cosa con cargo de conservar su forma y sustancia, y de restituirla a su dueño, si la cosa no es fungible; o con cargo de volver igual cantidad y calidad del mismo género, o de pagar su valor, si la cosa es fungible.

Según la doctrina, en este artículo la ley define dos instituciones distintas:

  1. Usufructo: Que por definición solo puede recaer en las cosas no fungibles.
  2. Cuasiusufructo: Que por definición recae Seguir leyendo “Usufructo, Servidumbres y Propiedad Fiduciaria en el Derecho Civil” »

Análisis de la Posesión en un Caso de Desaparición

1. Tipos de Posesión y sus Efectos

En relación a los sujetos mencionados, se analiza su posesión y sus efectos:

A. Ius Possidendi e Ius Possessionis

  • Ius possidendi: Derecho a poseer. Lo tiene quien posee legítimamente con un título que lo fundamenta. En este caso, Don Luis.
  • Ius possessionis: Poseer sin título legítimo. Don Gaspar, al inventar el usufructo, posee ilegítimamente. Adquiere la posesión por ocupación (art. 438 CC), comportándose como usufructuario. La ocupación de inmuebles, Seguir leyendo “Análisis de la Posesión en un Caso de Desaparición” »

Derecho de Propiedad y Otros Derechos Reales en el Sistema Jurídico Español

Derecho de Propiedad

Tradicionalmente, la propiedad se configuró como un conjunto de facultades, de posibilidades de actuación del propietario, fundamentalmente: usar, disfrutar, disponer y reivindicar. La doctrina moderna configuró el Derecho de propiedad como un derecho unitario, no una simple suma de facultades, porque entendió que el propietario, aunque eventualmente carezca de alguna de dichas facultades, sigue siendo verdadero propietario. La doctrina actual define la propiedad como un Seguir leyendo “Derecho de Propiedad y Otros Derechos Reales en el Sistema Jurídico Español” »

Los Derechos Reales en el Código Civil Español

Clasificación de los Derechos Reales

De entre las numerosísimas clasificaciones dadas por la doctrina, la más frecuente separa entre:

1. Derechos Reales Provisionales

La posesión.

2. Derechos Reales Definitivos

Que a su vez se dividen en:

a) Absolutos

La propiedad.

b) Limitados

Que se subdividen:

  • De disfrute: usufructo, uso y habitación, servidumbre, superficie y vuelo.
  • De realización de un valor pecuniario: prenda, hipoteca y anticresis.
  • De adquisición preferente: tanteo y retracto.

Clasificación que Seguir leyendo “Los Derechos Reales en el Código Civil Español” »

Los Derechos Reales en el Código Civil Colombiano

MODELO #1

1. El dominio, que se llama también propiedad, es el derecho real sobre una cosa corporal, para gozar y disponer de ella, no siendo contra la ley ni derecho ajeno.

2. En las obligaciones o créditos existen 3 elementos que constituyen la misma:

  • Sujeto activo
  • Sujeto pasivo
  • Prestación

3. En relación con la prestación u obligación, esta puede ser:

  • Dar
  • Hacer
  • O no hacer

4. Enuncie el concepto de derechos reales según el Código Civil Colombiano:

Es un vínculo jurídico entre una persona y una cosa Seguir leyendo “Los Derechos Reales en el Código Civil Colombiano” »

Derechos Reales de Goce y Limitación

USUFRUCTO

Caracteres:

  • Relación jurídica entre usufructuario y propietario.
  • El derecho de propiedad privado de uso y disfrute.
  • Las facultades de goce, son limitadas.
  • Duración temporal.
  • Respetar sustancia y forma.

Constitución:

  • Legal: Cónyuge viudo.
  • Voluntaria o Negocial:
    • Clases:
      1. Mortis causa: Testamento.
      2. Inter vivos: Propietario recibir contraprestaciones.
    • Sujetos: El adquiriente del usufructo y el propietario.
  • Por Usucapión.

Obligaciones del usufructuario:

Derechos Reales: Capacidad Jurídica, Capacidad de Obrar, Servidumbres y Usufructo

**Capacidad Jurídica y Capacidad de Obrar**

La capacidad jurídica la tiene todo ser humano: comienza con su personalidad y termina con ella. Es la aptitud para ser titular de relaciones jurídicas.

La capacidad de obrar es la idoneidad para realizar actos con efectos jurídicos. Los actos pueden ser lícitos o ilícitos, distinguiéndose entonces la capacidad negocial y la capacidad delictual.

La capacidad de obrar no siempre coincide con la capacidad jurídica. Por ejemplo, el menor de 7 años puede Seguir leyendo “Derechos Reales: Capacidad Jurídica, Capacidad de Obrar, Servidumbres y Usufructo” »