Obligaciones Alimenticias y Régimen de Vivienda Familiar
1) La Deuda Alimenticia
Los alimentos, según los artículos 142 y siguientes del Código Civil (CC), constituyen una obligación recíproca entre ciertos parientes. Esta obligación se activa cuando uno de los parientes carece de recursos para cubrir sus necesidades básicas y el otro tiene la capacidad de proporcionarlos. Existe también el contrato de alimentos (art. 1791 CC), donde una parte se compromete a proporcionar vivienda, manutención Seguir leyendo “Obligaciones Alimenticias y Régimen de Vivienda Familiar: Aspectos Legales Clave” »