Aristóteles, en su clasificación de la justicia, distingue entre la justicia general (o legal) y la justicia particular. La justicia general abarca toda virtud en la interacción social, mientras que la justicia particular se centra en dar a cada uno lo que le corresponde. Esta última se caracteriza por una exigibilidad específica y una búsqueda de la igualdad, ya sea en la restitución, la reparación o la distribución proporcional.
¿Qué es la Justicia Particular?
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