Tipos de Derecho y Normas
Derecho
Del latín directum (sigue las reglas).
- Facultad que se da a una persona para hacer ciertos actos.
- Normas jurídicas para regular las acciones del hombre en la sociedad.
Derecho Objetivo
Normas bilaterales, generales, concretas y abstractas; imponen obligaciones recíprocas.
Derecho Subjetivo
Es la autorización de un sujeto contra otro para desarrollar o determinar su facultad o la de otros.
Derecho Sustantivo
No es procesal. Ejemplo: en México a nivel federal = Constitución; ámbito local = código penal.
Derecho Adjetivo
Derecho procesal, cuando se aplican normas a casos particulares, su fin es esclarecer hechos. Ejemplo: Ley de Amparo.
Derecho Positivo (Iuspositivismo)
Reglas en vigor, lugar y época determinada. Es un producto social mutable = varía en tiempo y espacio.
Derecho Natural (Iusnaturalismo)
Estas normas dan a cada uno lo que le pertenece. Necesidades biológicas, racionales y sociales.
Ley
La dicta, promulga y sanciona la autoridad, es establecida por el poder legislativo y el ejecutivo la promulga. Finalidad = bien común.
Costumbre y Uso
Primera manifestación del derecho. Vigila reglas de conducta obligatorias. Creadas por comunidades.
Jurisprudencia y Doctrina
Interpretación de tribunales que aplica a 5 casos concretos. Estudios, opiniones de autores de derecho.
Clasificación de Leyes
Leyes Imperativas, Prohibitivas y Permisivas
- Imperativas: Ordenan hacer algo.
- Prohibitivas: Ordenan no hacer algo.
- Permisivas: Permiten realizar una acción.
Interés Público y Privado
- Público: Cuando se violan afectan el orden público = normas de tránsito.
- Privado: Rigen relaciones entre individuos = relación padres-hijos.
Normales y de Excepción
- Normales: Carácter general y aplican a todos.
- Excepción: Aplican a ciertos grupos = ley militar.
Interpretativas o Supletorias
Suplen la voluntad de particulares cuando algo no queda claro, sirven para interpretar intenciones = compra-venta.
Permanentes y Pasajeras
Cuando una ley se modifica constantemente, usualmente se expiden por tiempo indeterminado, depende de las necesidades = caso de invasión.
Locales y Federales
- Locales: Son expedidas por el estado y rigen dentro de su territorio.
- Federales: Rigen todo el territorio de la república = tratados internacionales.
Iuspositivismo: Características
- No reconoce el valor, solo normas.
- Rechaza la metafísica y todas las relaciones con el derecho natural.
- Sus normas regulan relaciones de grupos sociales.
- A veces contradice derechos fundamentales como el derecho a la vida o primigenio.
- Solo concede derechos legales de normatividad jurídica.
Iusnaturalismo: Características
- Leyes que no se han puesto por voluntad humana.
- Reconoce la dignidad sin discriminación.
- Busca la conservación de la vida y su protección.
- Reconoce el derecho a libertad, racionalidad, voluntad, etc.
Ramas del Derecho
A todos estos los regula el derecho familiar.
Derecho Familiar
Estudia la evolución y problemas de la familia y las normas de orden público e interés social – José Barroso Figueroa.
Importancia:
Protege familias, garantiza estabilidad, establece derechos y obligaciones a integrantes.
Principios Fundamentales:
Interés superior del menor, igualdad jurídica de cónyuges, protección a la familia.
Matrimonio (Requisitos)
Nombres completos, ocupación, domicilio de pretendientes y padres, no impedimento legal, haber voluntad. Se celebra ante juez de registro civil o notario público.
Código Civil (Aguascalientes):
Art. 136 bis. Constituye a los esponsales.
Sociedad Conyugal
Se rigen por las capitulaciones matrimoniales, puede nacer al celebrarse el matrimonio o durante. Debe constar ante un notario. Esta puede terminar antes del matrimonio si así se conviene. Debe tener los bienes inmuebles de la sociedad, quién lo dirige, deudas de los cónyuges, si la disolución será por nulidad de matrimonio.
Separación de Bienes
Puede ser absoluta o parcial, se puede cambiar a sociedad conyugal en cualquier momento.
Nulidad
Cuando esto se da es como si nunca existiera el matrimonio.
Causas:
Error de persona, impedimentos del art. 156, inflija los art. 97, 98, 100, 102, 103.
Divorcio
Causales:
Adulterio, hijo bastardo, prostitución, violencia, enfermedades de transmisión sexual, separación de casa 6 meses, enajenación mental, ausencia legal, malos hábitos (drogas, ludopatía, alcohol), consentimiento mutuo.
Importante: En México ya no es necesario acreditar causales de divorcio, porque atentaba al libre desarrollo de la personalidad.
Divorcio Incausado
No se necesita expresar causa o motivo, no es necesario consentimiento mutuo.
Patria Potestad
Poder que se da a los padres sobre la persona y bienes de sus hijos menores de edad no emancipados. (Proteger menores de edad mientras adquieren madurez). Se ejerce por ambos, pero en caso de divorcio o fallecimiento se le otorga a uno de los padres.
Representación Legal
Los padres representan legalmente a sus hijos.
Extinción Patria Potestad
- El hijo cumple mayoría de edad.
- Emancipación.
- Matrimonio.
Pérdida por Solución Judicial
- Divorcio.
- Depravación.
- Abandono.
- Delitos graves o dolosos contra el menor.
- Condenado a pérdida de derechos.
Responsabilidad
El culpable.
Vicio de Consentimiento
Situaciones que afectan la voluntad de una parte al celebrar el contrato.
Error
Falsa creencia sobre algún elemento del contrato.
Derecho Civil
Regula relaciones entre personas físicas o morales en aspectos fundamentales como el estado civil, propiedad, obligaciones, contrato, familia, sucesiones.
Persona Física
Puede ejercer derechos y obligaciones solo por nacer, y se pierde por la muerte.
Restricción de Personalidad Jurídica
Minoría de edad, estado de interdicción, etc. No deben menoscabar la dignidad de la persona.
Persona Moral
Entidad jurídica creada por personas físicas o morales para un bien común = empresas, fundaciones, asociaciones, etc.
¿Quiénes son Personas Morales?
Nación, estados, municipios, corporaciones de carácter público, sociedades civiles o mercantiles, sindicatos, asociaciones profesionales, etc.
Creación Persona Moral
A través de actos jurídicos (contrato social, acta constitutiva), registro ante la autoridad correspondiente = Registro Público de Propiedad y Comercio.
Extinción Persona Moral
Decisión de socios, realización de su fin, imposibilidad de continuar actividades. Este proceso incluye liquidación de bienes y cumplimiento de obligaciones pendientes.
Capacidad Jurídica
Todas las personas son titulares de derechos y obligaciones desde el nacimiento a la muerte.
Capacidad de Ejercicio
Se adquiere a los 18 años en México y estar en uso de facultades mentales.
Clasificación de Bienes
- Muebles e inmuebles (también títulos, obligaciones y derechos de cosas muebles o cantidades exigibles).
- Fungibles (aquellos que se pueden reemplazar por iguales, especie, calidad, cantidad, etc. = dinero).
- No fungibles: estos no se pueden reemplazar (como las obras de arte).
Derechos Reales
Otorgan poder directo al titular sobre una cosa permitiéndole disponer de ella.
Dominio
Da poder pleno y exclusivo de un bien.
Características:
Absoluto, exclusivo, perpetuo.
Usufructo
Le da al usufructuario el poder de usar y disfrutar un bien ajeno sin modificarlo.
Características:
Temporal, intransferible, reversión.
Uso
Permite usar un bien ajeno para satisfacer necesidades sin obtener beneficios adicionales.
Características:
Limitado, intransferible.
Habitación
Permite habitar una casa ajena.
Características:
Similar al uso pero en vivienda, gratuito y oneroso.
Servidumbre
Es el gravamen sobre un inmueble en beneficio de otro perteneciendo a un propietario diferente. (Predio sirviente y dominante).
Obligación
Algo que una persona está comprometida a hacer legalmente.
Fuentes:
Contrato, ley, cuasicontrato, delito, cuasidelito.
Mora
Retraso del cumplimiento de una obligación.
Elementos del Contrato
- Consentimiento.
- Objeto.
- Causa.