Transporte Terrestre de Mercancías
Elementos Personales
El transporte terrestre de mercancías involucra a varios actores clave:
- Porteador: La persona o empresa que realiza el traslado de las mercancías, ya sea con sus propios medios o subcontratando a otros.
- Cargador: Quien contrata el transporte en su propio nombre.
- Destinatario: La persona o entidad que recibe las mercancías en el destino final.
- Expedidor: (Opcional) Entrega las mercancías al porteador en nombre del cargador, especialmente en casos de subcontratación.
Responsabilidad en la Subcontratación
En caso de subcontratación, el primer porteador (contratado por el cargador) mantiene la responsabilidad final frente al cargador, incluso si otro porteador realiza el transporte.
Elementos Formales: La Carta de Porte
La carta de porte es un documento crucial que formaliza el contrato de transporte y establece la responsabilidad del porteador. Quien posee este documento tiene la propiedad de las mercancías durante el transporte. Las partes involucradas en la carta de porte son el cargador, el portador y se detallan las mercancías transportadas.
Obligaciones del Cargador
- Entregar las mercancías en condiciones aptas para el transporte, junto con la documentación necesaria (licencias, etc.).
- Pagar el precio del transporte si se ha acordado un «transporte en porte pagado».
- Derecho a inspeccionar las mercancías antes del transporte.
Obligaciones del Portador
- Entregar la mercancía en el destino y descargarla, si así se ha pactado.
- Transportar las mercancías en el tiempo e itinerario estipulados.
- Responder frente al cargador por daños a las mercancías, excepto en casos de fuerza mayor.
- Derecho de retención de las mercancías si no se le paga el precio acordado.
Obligaciones del Destinatario
- Recibir las mercancías en el destino. Si se niega, el portador puede recurrir a una entrega judicial.
- Puede negarse a recibir las mercancías en caso de daños evidentes, entrega incompleta (con pruebas) o si han transcurrido 20 días desde la fecha de entrega pactada.
Responsabilidad del Portador
La responsabilidad del portador se clasifica en dos tipos:
- Por culpa (Ex recepto): Se limita a los daños directos a las mercancías. La declaración de valor de las mercancías se realiza al inicio del transporte, y el cargador tiene 24 horas desde el incumplimiento para denunciar cualquier daño.
- Por retraso (Ex contractu): El portador pagará la cantidad pactada en la carta de porte por el retraso. Si no se ha pactado una cantidad, se calculará en función de los daños causados al destinatario.
Transporte Aéreo de Pasajeros
El transporte aéreo de pasajeros se rige por una serie de reglamentos y leyes a nivel comunitario y nacional:
A) Reglamentos Comunitarios
- 889/2002: Regula la disponibilidad de las mercancías aéreas en caso de accidente.
- 261/2004: Regula la asistencia a los viajeros en caso de vuelos cancelados o retrasados.
B) Ámbito Nacional (España)
- Ley de Navegación Aérea de 1960
- Ley de Seguridad Aérea de 2003
C) Elementos Formales: El Billete de Viaje
El billete de viaje, generalmente electrónico, es el documento que formaliza el contrato de transporte aéreo. Contiene información como la identificación del pasajero, el destino, el número de billete y la compañía aérea. Existe la posibilidad de reembolso del billete bajo ciertas condiciones.
D) Contenido del Contrato
Obligaciones del Viajero
- Pagar el billete.
- Presentarse en el mostrador de facturación a tiempo.
- Llevar consigo el DNI o pasaporte válido.
- Los menores de edad necesitan autorización de sus padres o tutores.
Obligaciones de la Aerolínea
- Realizar el viaje en las condiciones y tiempo pactados.
E) Régimen de Responsabilidad
La responsabilidad de la aerolínea en el transporte aéreo de pasajeros se caracteriza por ser:
- Objetivo: El portador responde siempre, salvo excepciones.
- Limitada: Las cuantías de las responsabilidades se determinan según la gravedad de los daños.
- Inderogable: No se puede modificar ni siquiera por contrato.
Embarque y Derechos del Pasajero
Requisitos para Embarcar
- Tener un billete válido.
- Facturar el equipaje a tiempo.
- Cumplir con los trámites de seguridad y migratorios necesarios.
Denegación de Embarque (Overbooking)
En caso de denegación de embarque por sobreventa de billetes, el pasajero tiene derecho a asistencia y compensación económica.
Cancelación del Vuelo
La cancelación del vuelo da derecho a asistencia, reembolso del billete o transporte alternativo. La compensación económica se aplica en casos de huelgas, guerras, etc., pero no si se informa con dos semanas de antelación. En este último caso, se ofrece transporte alternativo con horarios similares.
Retraso del Vuelo
Los retrasos en la hora de salida dan derecho a compensación económica, a menos que la aerolínea demuestre causas de fuerza mayor. La compensación varía según la distancia del vuelo y la duración del retraso.
Responsabilidad por Accidente
La aerolínea es responsable por accidentes, excepto si demuestra negligencia del pasajero. En casos de responsabilidad compartida, se recurre al sistema de «Derechos Especiales de Giro» para determinar la indemnización.
Daños al Equipaje
En caso de pérdida o daños al equipaje, se debe reclamar a la aerolínea y, si se dispone de un seguro de viaje, presentar la correspondiente reclamación. Es importante respetar las normas de seguridad y declarar objetos de valor.