TEMA
7: DERECHO A UN JUEZ INTEGRADO EN EL PODER JUDICIAL1) Exclusividad y unidad de
La potestad jurisdiccional: A) Potestad jurisdiccional (art 117.3 CE)
Dispone El art
117.3 CE, que el ejercicio de la potestad jurisdiccional, en todo tipo De procesos, juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado, corresponde a los Juzgados y tribunales. Con las mismas palabras se expresa el legislador en el Art 2.1 LOPJ. La potestad jurisdiccional, en el Estado Social y Democrático de Derecho, es el poder-deber de carácter público atribuido a los juzgados y Tribunales para ejercer la función de resolver, conforme a Derecho, las Controversias jurídicas que les planteen los ciudadanos en el ejercicio de su derecho a la jurisdicción. La potestad jurisdiccional engloba un conjunto de Facultades indispensables para amparar y tutelar el conjunto de garantías que Componen el derecho a la jurisdicción. Estas facultades se pueden clasificar en Varios grupos:à Facultades básicas:-Conocimiento: Permite al órgano jurisdiccional instruirse de todos los pormenores de La controversia jurídica, fijando el objeto del proceso, investigando y Realizando las diligencias de prueba y recibiendo las pruebas presentadas por Las partes.-Resolución: presenta a su vez varias facultades: a) Declarativa: mediante Una decisión o sentencia determina los hechos y las consecuencias jurídicas, Resolviendo la controversia que se ha planteado b)Ejecutiva: la exigencia Contenida en la decisión declarativa debe cumplirse forzosamente en unos Supuestos (condenas penales); en otros casos el cumplimiento forzoso es Subsidiario cuando no se ha satisfecho por el condenado (condenas civiles, administrativas…) C)Cautelar o anticipatoria: consiste en la adopción de medidas legales aseguradoras De una futura resolución judicial de condena.à Facultades Instrumentales: -Dirección y ordenación del proceso: el órgano jurisdiccional Verificará el cumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales y Encauzará el proceso por la senda que le permita alcanzar sus objetivos. -Coerción: permite dar cumplimiento a las órdenes emitidas por los órganos Jurisdiccionales. Generalmente, corresponde a la policía judicial la Realización de las actuaciones necesarias para hacer efectivas esas órdenes. -Disciplinaria: Autorizar la imposición de sanciones, si resulta procedente, a los sujetos que Intervienen en el proceso (abogados, procuradores, testigos). -Documentación: Faculta a los órganos jurisdiccionales a dejar constancia de sus propios actos, Asegurándose su perdurabilidad mediante documentos y otros instrumentos (grabación De sonido e imagen). Las facultades expuestas son distribuidas por la ley entre El personal del órgano jurisdiccional. Corresponde a jueces y magistrados la Mayoría de las facultades básicas (salvo la de ejecución). Y de las Instrumentales: las de dirección, coerción y disciplinaria. Mientras que el Personal secretarial tiene atribuidas las de ejecución, ordenación y documentación
Dispone El art
117.3 CE, que el ejercicio de la potestad jurisdiccional, en todo tipo De procesos, juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado, corresponde a los Juzgados y tribunales. Con las mismas palabras se expresa el legislador en el Art 2.1 LOPJ. La potestad jurisdiccional, en el Estado Social y Democrático de Derecho, es el poder-deber de carácter público atribuido a los juzgados y Tribunales para ejercer la función de resolver, conforme a Derecho, las Controversias jurídicas que les planteen los ciudadanos en el ejercicio de su derecho a la jurisdicción. La potestad jurisdiccional engloba un conjunto de Facultades indispensables para amparar y tutelar el conjunto de garantías que Componen el derecho a la jurisdicción. Estas facultades se pueden clasificar en Varios grupos:à Facultades básicas:-Conocimiento: Permite al órgano jurisdiccional instruirse de todos los pormenores de La controversia jurídica, fijando el objeto del proceso, investigando y Realizando las diligencias de prueba y recibiendo las pruebas presentadas por Las partes.-Resolución: presenta a su vez varias facultades: a) Declarativa: mediante Una decisión o sentencia determina los hechos y las consecuencias jurídicas, Resolviendo la controversia que se ha planteado b)Ejecutiva: la exigencia Contenida en la decisión declarativa debe cumplirse forzosamente en unos Supuestos (condenas penales); en otros casos el cumplimiento forzoso es Subsidiario cuando no se ha satisfecho por el condenado (condenas civiles, administrativas…) C)Cautelar o anticipatoria: consiste en la adopción de medidas legales aseguradoras De una futura resolución judicial de condena.à Facultades Instrumentales: -Dirección y ordenación del proceso: el órgano jurisdiccional Verificará el cumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales y Encauzará el proceso por la senda que le permita alcanzar sus objetivos. -Coerción: permite dar cumplimiento a las órdenes emitidas por los órganos Jurisdiccionales. Generalmente, corresponde a la policía judicial la Realización de las actuaciones necesarias para hacer efectivas esas órdenes. -Disciplinaria: Autorizar la imposición de sanciones, si resulta procedente, a los sujetos que Intervienen en el proceso (abogados, procuradores, testigos). -Documentación: Faculta a los órganos jurisdiccionales a dejar constancia de sus propios actos, Asegurándose su perdurabilidad mediante documentos y otros instrumentos (grabación De sonido e imagen). Las facultades expuestas son distribuidas por la ley entre El personal del órgano jurisdiccional. Corresponde a jueces y magistrados la Mayoría de las facultades básicas (salvo la de ejecución). Y de las Instrumentales: las de dirección, coerción y disciplinaria. Mientras que el Personal secretarial tiene atribuidas las de ejecución, ordenación y documentación