Unión Concubinaria
Definición: La unión concubinaria es la unión de dos personas con fines de cohabitación y asistencia mutua, caracterizada por la estabilidad y notoriedad.
Requisitos
- Comunidad de vida de dos personas, independientemente de su orientación sexual y relación afectiva y sexual (puede ser singular, permanente, exclusiva y estable).
- No estar unidos en matrimonio.
- No estar afectados por impedimentos dirimentes:
- Tener al menos 16 años.
- Consentimiento mutuo de los contrayentes.
- No existir parentesco en línea recta por afinidad o consanguinidad, ni entre hermanos.
- Convivencia ininterrumpida de al menos 5 años.
- Inscripción en el registro de uniones personales.
- Sentencia de un juez de familia que determine el surgimiento de los bienes que la integran.
Derechos que Genera
- Respecto a la pareja: No existe vínculo matrimonial, no se considera el sexo de los integrantes, existe deber de fidelidad, asistencia y mantenimiento del hogar, y se genera una apariencia de matrimonio.
- Respecto a los hijos: No existe presunción de legalidad, deben ser reconocidos y tienen los mismos derechos que los hijos legítimos.
- Respecto a los bienes: Deben registrarse a nombre de ambos. De no ser así, existen dos soluciones:
- Disolverla como sociedad de hecho.
- Aplicar el régimen de cuasi contrato.
Efectos
- Personales: Exclusividad y singularidad del vínculo, así como auxilios recíprocos.
- Patrimoniales: Se forma una sociedad de bienes con todos aquellos que se generen durante el tiempo que dure la unión concubinaria.
Divorcio
Definición: El divorcio es la disolución del vínculo matrimonial válido, pronunciada por los magistrados, en vida de los cónyuges, a solicitud de uno de ellos o de ambos, en virtud de las causales admitidas por la ley.
El divorcio siempre debe ser solicitado a la justicia. Si alguno fallece durante el proceso de divorcio, el estado civil del cónyuge sobreviviente es el de viudo/a. El divorcio constituye un nuevo estado civil (divorciado/a) que produce efectos solo hacia el futuro. Los divorciados quedan habilitados para volver a casarse, incluso entre sí. Se discute la ruptura del parentesco por afinidad generado por el matrimonio, y siempre es requisito previo la resolución de la situación de los hijos menores de edad e incapaces.
Tipos de Divorcio
- Por sola voluntad de cualquiera de los contrayentes.
- Por mutuo consentimiento.
- Por causales.
- Por conversión.
Causales de Divorcio
- Adulterio de cualquiera de los cónyuges.
- Tentativa de uno de los cónyuges contra la vida del otro.
- Injurias graves de un cónyuge hacia el otro.
- Propuesta de un cónyuge para prostituir al otro.
- Intento de un cónyuge de prostituir a los hijos.
- Disputas que hagan imposible la vida en común.
- Condena de un cónyuge a pena de penitenciaría por más de 10 años.
- Abandono voluntario del hogar por más de 3 años.
- Separación de hecho ininterrumpida por más de 3 años.
- Incapacidad mental irreversible.
- Cambio de identidad sexual posterior al matrimonio.
Efectos del Divorcio
- Sobre la persona de los cónyuges: Disolución del vínculo matrimonial, posibilidad de volver a casarse, extinción del deber de fidelidad, ruptura del parentesco por afinidad.
- Sobre la persona de los hijos: Guarda de los hijos menores de edad y régimen de visitas, mantenimiento del régimen sucesorio (el divorcio no afecta la filiación), pensión alimentaria para los hijos menores de edad.
- Sobre los bienes: Disolución de la sociedad conyugal, exclusión de la herencia, y en algunos casos, derecho a pensión.
Separación
- Separación de cuerpos: Es una forma de lograr la separación real de los cónyuges, pero no produce los efectos del divorcio, ya que no disuelve el matrimonio.
- Separación de hecho: Es una causal de divorcio, donde cualquiera de los cónyuges puede alegar la separación real, voluntaria e ininterrumpida.
- Separación de bienes: Se refiere a los efectos exclusivamente económicos que surgen del matrimonio.
Derecho Laboral: Cambios en el Mundo Laboral
- Era tecnológica: Evolución desde trabajos agrícolas a trabajos industriales y, finalmente, a trabajos vinculados al conocimiento («servicios sofisticados»).
- Desarrollo científico-tecnológico: Todos los puestos de trabajo se ven afectados por las tecnologías.
- Cambios demográficos: Ingreso de la mujer al mundo laboral, familias más pequeñas, menos matrimonios y matrimonios más tardíos, necesidad de flexibilizar las normas laborales, desplazamientos en búsqueda de trabajo.
- Cambios por la globalización: Hiperconsumo, diversidad cultural, distancias más cercanas, políticas macroeconómicas.