Art 6.4. CC. Los actos realizados al amparo del texto de una norma que persigan un resultado prohibido por el ordenamiento jurídico, o contrario a él, se considerarán ejecutados en fraude de ley y no impedirán la debida aplicación de la norma que se hubiera tratado de eludir.
La referencia a la idea de validez de las normas jurídicas nos sitúa ante uno de los puntos cruciales de la teoría del derecho. Que una norma valga jurídicamente significa que tiene la consideración de norma perteneciente al ordenamiento jurídico, al derecho objetivo. La validez se configura como un elemento externo de la norma, que se encarga de evaluarla. Sin embargo, existen varios criterios diferentes de validez.
Criterios de Validez
Existen tres criterios principales para determinar la validez de una norma jurídica:
- Criterio axiológico o valorativo: Las normas jurídicas son válidas en función de su conformidad con determinados valores que presiden al ordenamiento jurídico. Las tesis del iusnaturalismo ontológico se presentan como paradigma de este criterio. El derecho natural representa el conjunto de los valores jurídicos, y las normas del derecho positivo pierden su condición jurídica si son disconformes con él.
- Criterio sociológico: Las normas son jurídicamente válidas en tanto en cuanto resultan efectivamente aplicadas en la sociedad. Es decir, cuando los individuos ajustan su comportamiento a la norma, o cuando los tribunales imponen sanciones por su incumplimiento.
- Criterio formal: La incorporación de las normas al ordenamiento jurídico depende de que estas cumplan ciertas condiciones formales, como haber sido dictadas por el órgano competente y con el procedimiento adecuado.
Teorías de la Validez
Teoría Pura del Derecho de Hans Kelsen:
Kelsen considera que la validez de una norma se encuentra en una norma jerárquicamente superior. Todas las normas de un sistema se fundamentan en una norma presupuesta, la norma fundante básica. Esta norma no pertenece al derecho positivo, sino que es una norma ficticia. Kelsen también considera la eficacia del derecho como condición de validez, afirmando que un orden jurídico es válido cuando sus normas son acatadas y aplicadas.
La Regla de Reconocimiento de Herbert Hart:
Hart busca una respuesta al problema de la validez del derecho desde el positivismo jurídico, separando elementos ajenos al orden jurídico, como la moral. Para ello, establece la regla de reconocimiento como norma agrupadora.
Hart pretende dar una respuesta al problema de la validez del Derecho cumpliendo firmemente los estándares del positivismo jurídico como la separación de elementos ajenos al orden jurídico, incluida la moral. Para ello, establecerá la regla de reconocimiento como norma agrupadora.